
¿Qué es el tráfico de influencias?
Desde México.
En el derecho mexicano, el tráfico de influencias se considera un delito. Para darle contestación a la pregunta del presente artículo, es necesario primero indagar su regulación en la ley penal federal y algunos puntos de vista doctrinales para un mejor entendimiento a la temática.
Como ya se dijo, el artículo 221 del Código Penal Federal incluye como conducta ilícita y antijurídica al tráfico de influencias; cuya pena radica entre dos a seis años de prisiónbajo cuatro supuestos: a) el servidor público que por sí o por interpósita persona promueva o gestione la tramitación o resolución ilícita de negocios públicos ajenos a las responsabilidades inherentes a su empleo, cargo o comisión; b) cualquier persona que promueva la conducta ilícita del servidor público o se preste a la promoción o gestión al ilícito; c) el servidor público que por sí, o por interpósita persona indebidamente, solicite o promueva cualquier resolución o la realización de cualquier acto materia del empleo, cargo o comisión de otro servidor público, que produzca beneficios económicos para sí o para cualquiera de las personas por razón de parentesco o amistad estrecha; y d) al particular que, sin estar autorizado legalmente para intervenir en un negocio público, afirme tener influencia ante los servidores públicos facultados para tomar decisiones dentro de dichos negocios e intervenga ante ellos para promover la resolución ilícita de los mismos, a cambio de obtener un beneficio para sí o para otro.
Del párrafo anterior, Carlos Islas a través de su artículo Tráfico de influencias para el sitio web Capitel (2016), enfatiza que el tráfico de influencias puede ser cometido por particulares y/o por servidores públicos por sí mismo o por medio de otra persona, que indebidamente solicite o promueva cualquier resolución o la relación de un determinado acto para producir lucros ventajosos. Dichos beneficios serían para sí o con el que tenga vínculos afectivos, económicos o de dependencia administrativa directa, socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen parte.
En el mismo sentido, Julián Pérez y Marina Merino (2014) ubican al tráfico de influencia como una serie de conductas sometidas por funcionarios o particulares en beneficio de su influencia sobre funcionario, con el propósito de conseguir una resolución que proporcione un beneficio propio o ajeno (Recuperado de https://definicion.de/trafico-de-influencias/).
De igual manera, la Secretaría de la Función Pública (2018) en Manual sobre el Sistema Nacional Anticorrupción, entiende al tráfico de influencias a aquella donde una servidora o servidor público, utiliza la posición de su empleo, cargo o comisión para inducir a que otro/a servidor/a público/a efectúe, retrase u omita realizar algún acto de su competencia, para generar cualquier beneficio, provecho o ventaja para sí o para su cónyuge, parientes, terceras personas con las que tenga una relación profesional, laboral o de negocios de las que sean parte.
Retomando las aportaciones mencionadas, podemos responder a la pregunta de este presente artículo como aquella promesa, ofrecimiento o concesión a un funcionario público o cualquier otra persona, en forma directa o indirecta, de un beneficio indebido con el fin de obtener un cargo. Dicho de otro modo, debe estar acompañada de una presión o de un claro favoritismo hacia alguien que no reúne los requisitos para ocupar un cargo o que se encuentra en menores condiciones de quien lo ocupa (casación 46484 del 23 de agosto de 2017 de la Corte Suprema de Justicia de Colombia).
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