
Anteproyecto, información y debate ciudadano para la próxima constitución.
Muchos y muchas nos hemos preguntado qué importancia tiene revisar hoy día el Anteproyecto de texto constitucional cuando aún faltan varios meses para conocer el texto final que se plebiscitará. Sin embargo, hay razones relativas a la maduración de la discusión y las ideas que me llevan a plantear que mientras antes nos involucremos, directa o indirectamente, en la discusión, más posibilidades tenemos de generar y emitir una apreciación informada y consistente con nuestros principios, valores y proyecciones de desarrollo de nuestro país el día de las votaciones. Esto más allá de que la decisión individual última sea a favor o en contra del texto final.
Como sociedad e individuos hemos perdido la práctica de la reflexión y el diálogo cívico-ciudadano, propio e indispensables para los modos de vida democráticos y es, precisamente a la luz de las pocas instancias de participación abierta a la población en general, que debemos volver a valorar todos y cada uno de los espacios propuestos para opinar (preguntar y cuestionarse) tempranamente acerca del alcance, límites, vacíos, sub representaciones y/o sobredimensionamiento de ciertas temáticas por sobre otras en la construcción de la Nueva Constitución, dado que en la medida que más me familiarizo con la discusión, más capacitado/a me encuentro para argumentar y posicionarme frente a una determinada temática.
Esto por el lado de la acción ciudadana individual, desde el punto de vista no sólo de la responsabilidad cívica personal, sino desde cómo este ejercicio individual también contribuye al fortalecimiento del sistema democrático en su conjunto. También por la fuerte influencia que ejercen los medios de comunicación, altamente monopolizados y dogmáticos que muestran de preferencia sólo una mirada del proceso y del resultado final esperado, lo que constituye un sesgo de importancia al momento de evaluar lo que se ha planteado tanto como texto inicial, como frente a la expectativa ciudadana que se tiene de éste al finalizar el proceso. Por un lado, podemos caer en la creencia de que el texto final sea igual o diametralmente opuesto al Anteproyecto; o que no recoge nuestras necesidades concretas; o, por el contrario, que posee elementos más allá de lo esperado. Pero no llegaremos a entender realmente cuáles han sido las razones, que provienen del proceso de discusión, selección y consenso, que hacen que unas afirmaciones queden y otras no si no hemos revisado los antecedentes previos. Y en este sentido son dos los parámetros a los que debemos atender.
El primero dice relación con el conocimiento del contenido y enfoque del Anteproyecto mismo, porque fue generado por expertos, porque hubo una legitimidad de consenso en base a él y porque es el documento de base que se ha tomado para la discusión tanto a nivel de las iniciativas ciudadanas, como a nivel del Consejo Constitucional, por tanto, es relevante saber cuál es la distancia real existente entre el Anteproyecto y el texto final en cuanto a sentidos, significados y alcances reales.
El segundo parámetro dice relación con los principios y valores democráticos de un estado social de derecho que es de los primeros fundamentos del orden constitucional inscritos en el Anteproyecto. Encarnar y comprometerse con dichos principios implica necesariamente una concepción mucho más fuerte del Estado de la que se deja ver en el borrador y no sólo el reconocimiento de, por ejemplo, los derechos humanos, los derechos sociales, las diversidades étnicas o culturales, los derechos de la infancia o de la naturaleza, etc. (sobre las diversidades sexuales no se menciona nada), sino que explicitar de forma directa la garantía y/o aseguramiento por parte del Estado y su institucionalidad tanto de los derechos políticos de primera generación (como lo son el derecho a voto), así como los derechos sociales, de segunda generación, y que hoy están en el centro de la discusión nacional (educación, salud, vivienda, trabajo, derechos de seguridad social, etc.). No basta con una declaración de intenciones que únicamente reconozca la existencia de derechos, es fundamental que el texto constitucional indique el aseguramiento de dichos derechos. Eso es lo que marca la diferencia entre la redacción de una Nueva Constitución, ajustada a las necesidades y evolución histórica de nuestra nación, y un documento embellecido y ajustado en su lenguaje, pero muy similar a la Constitución del ’80 que es a lo que remite el texto del Anteproyecto, y cuyo espíritu no persigue en lo absoluto ni el fortalecimiento del Estado para garantizar los derechos sociales de las personas ni el cambio de paradigma en relación a la distribución del poder, de los bienes y servicios de primera y última necesidad.
Y como suele ocurrir que estos alcances resultan confusos o difícilmente identificables en una primera lectura de los documentos en cuestión, es que resulta de la mayor importancia involucrarse lo más tempranamente posible en este debate, porque si llegamos a diciembre sólo a votar el texto final, sin una aproximación o inducción previa al contenido y enfoques que se encuentran en juego, será aún más difícil sostener, argumentar y establecer una decisión de voto realmente informada y consistente con nuestros propios principios y valores, quedándonos una vez más al margen de la toma de decisiones reales por dejarla en manos de quienes poseen más recursos y canales propagandísticos para difundir su propia visión del proceso. No dejemos esta decisión en los otros, hagámonos parte de nuestra propia decisión, no para ganar una postura, simplemente por la satisfacción que genera el expresar y poseer una opinión política propia.
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