
EL MEGAPUERTO DE SAN ANTONIO ADOLECE DE NULIDAD RADICAL
| ¿Cómo explicará la candidata a secretaria general de la ONU Michelle Bachelet su silencio ante este asalto a los derechos humanos y el derecho internacional? |
El megaproyecto EPSA avanza hoy empujado por el peso ciego de tres administraciones consecutivas del Estado. La primera administración fue la de la expresidenta Michel Bachelet donde se comenzó a configurar una transgresión flagrante al ordenamiento jurídico y al principio preventivo ambiental. En la administración anterior el expresidente Gabriel Boric Font, operó como su máximo promotor público, interfiriendo de manera indebida y rompiendo la debida prescindencia mientras la iniciativa se encontraba en pleno estudio dentro del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEA).
Lejos de corregirse este vicio originario, el proyecto hoy continúa analizándose y avanzando en su RCA bajo el gobierno de José Antonio Kast, cuya administración —en perfecta continuidad con la anterior— se ha transformado en promotora absoluta de la agilización de la ‘permisología’ bajo la eterna promesa de acelerar el crecimiento económico.
Resulta trágicamente poético, y a la vez un agravio intolerable al Estado de derecho, que el destino ecológico de la última sección de la cuenca hídrica del Maipo y la supervivencia de comunidades enteras dependan del diseño impuesto por una élite traslocada. Una cúpula con claros toques nacionales pero que responde a un peso transnacional mucho mayor, el cual se siente con fuerza en el territorio chileno a través de la presión directa del presidente de EE. UU. de Norteamérica. Un selecto grupo cuyas voluntades e intereses corporativos globales cabrían cómodamente en una sala de clases en prekínder, pero que hoy, desde su cuna de privilegios, dictan la asfixia de nuestros humedales, la muerte de la última playa de la comuna, el aumento del sacrificio de un pueblo entero y el nulo respeto por nuestra Constitución y las leyes de esta república, impuestas por su propio lápiz e interés.
Los habitantes de San Antonio, Llolleo y Santo Domingo, junto a las organizaciones y entes sociales, ecologistas, pueblos originarios, redes de humedales, pesca artesanal y defensores territoriales de la provincia y la región metropolitana, comunican a la opinión pública, a los medios de prensa nacionales e internacionales, y a las autoridades del Estado la total impugnación jurídica al proceso que calificó favorablemente el megaproyecto “Puerto Exterior de San Antonio”.
Hacemos un llamado urgente a los canales de televisión, radios, diarios locales, nacionales e internacionales, así como a los ministros y fiscalizadores de la República, a revisar los antecedentes que demuestran que esta resolución no es un logro técnico, sino un acto administrativo viciado que vulnera las bases de nuestra institucionalidad para favorecer intereses corporativos y transnacionales.
A través de este manifiesto formal, exponemos solo un porcentaje de las graves fisuras legales y el descalabro técnico que invalidan por completo el expediente de la Empresa Portuaria de San Antonio (EPSA), dejando en vista que un existe volumen mayor de antecedentes críticos que involucran al Estado y a grandes consorcios del mundo privado, los cuales mantenemos bajo estricta reserva como parte de nuestra estrategia de litigación activa.
RADIOGRAFÍA DE LA OMISION LESIVA: LAS FISURAS LEGALES DEL EXPEDIENTE EPS
- Asalto a la Constitución Política y al Derecho a la Salud:
La resolución vulnera frontalmente el artículo 19 N°8 de la Constitución, que garantiza el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. Aprobar el proyecto desatendiendo las alertas por malas mediciones en la calidad del aire y el dictamen de la autoridad sanitaria por falta absoluta de infraestructura de alcantarillado y disposición final de residuos industriales líquidos (RILES) constituye una amenaza directa a la salud pública y a los DDHH de la población local ante los estándares nacionales e internacionales.
2. Violación de Tratados Internacionales del Estado de Chile:
La validación de esta mega obra infringe los compromisos vinculantes de Chile bajo el Convenio de Ramsar, el Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) y el Acuerdo de Escazú, al ignorar el principio precautorio y la protección obligatoria de la última sección de la cuenca hídrica del Río Maipo.
3. Simulación de Consentimiento y Quiebre del Convenio 169 de la OIT:
La resolución exenta impone de forma ilegítima el término de la Consulta Indígena ocultando una fractura profunda e insalvable con los pueblos originarios. La institucionalidad ambiental ha validado el proceso ignorando el desacuerdo explícito y fundado de múltiples agrupaciones frente al Plan de Medidas y los Compromisos Ambientales Voluntarios. Esta aprobación vulnera directamente el Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales al no garantizar el estándar de buena fe ni ponderar la cosmovisión lafkenche. El titular descartó arbitrariamente la susceptibilidad de afectación directa sobre prácticas consuetudinarias cruciales, tales como la recolección de recursos bentónicos y madera, y la alteración espiritual profunda de espacios ceremoniales y de biodiversidad ancestral como la Playa de Llolleo y las Lagunas Ojos de Mar. Pretender compensar con fondos anuales, becas o cupos laborales la destrucción irreversible de sitios sagrados no negociables constituye un agravio cultural y una violación flagrante al derecho internacional aplicable
4. Destrucción y Saturación del Ecosistema Intercomunal del Maipo:
La resolución condena con contaminación y desaparición total de un ecosistema que es clave para el equilibrio ambiental de la zona central de Chile. El área de emplazamiento está compuesta por dos playas separadas por las riberas del Río Maipo, su estuario natural y el cauce del Estero El Sauce. Este entorno alberga dos humedales de alto valor ecológico —uno en cada ribera—, protegiendo directamente a la Playa de Los Enamorados en la comuna de Santo Domingo y a la Playa de Llolleo en la comuna de San Antonio. Las obras civiles autorizadas destruirán parte esencial del ecosistema como la playa de Llolleo y saturarán los humedales en las dos riberas, lo que provocará asfixia y una muerte lenta pero segura de un ecosistema clave para la salud de la última sección de la cuenca del Maipo.
5. Simulación de Cumplimiento en Permisos Ambientales Sectoriales (PAS):
La resolución asegura que el diseño de EPSA cumple con la ley, pero el expediente técnico arrastra un choque institucional insalvable. El permiso hidráulico (PAS 156) fue visado en abierta contradicción con el rechazo técnico de la Dirección de Obras Hidráulicas (DOH, ORD. N°295), omitiendo las modelaciones de crecidas y exponiendo a los habitantes de la ribera del Estero El Sauce a un peligro inminente de inundación residencial.
6. Ceguera Técnica Costera Obligatoria:
La resolución autoriza un dragado continuo de 24 horas al día, ocultando que la Dirección de Obras Portuarias (DOP, ORD. N°345) confesó formalmente por Transparencia que el Estado NO posee estudios vigentes de dinámica de sedimentos ni de modificación física de la línea de playa. Evaluar y aprobar una infraestructura de US$ 4.500 millones sin saber cómo se dispersará la pluma (penacho) de contaminantes históricos costeros rompe todo estándar científico básico.
7. Inviabilidad Financiera y Riesgo de Especulación Corporativa:
Advertimos a los mercados financieros y paneles inversionistas internacionales que este proyecto carece de sustentabilidad jurídica básica. Avanzar en la licitación de una mega estructura de US$ 4.500 millones bajo un expediente administrativo viciado y plagado de omisiones técnicas, constituye una irresponsabilidad macroeconómica que arriesga directamente el patrimonio público del Estado y expone los fondos de inversión privados a un inminente escenario de paralización judicial permanente.
8. El Silencio Corporativo y la Omisión Lesiva de la Academia y el CPI:
Denunciamos de manera tajante el alarmante silencio ético y técnico del Colegio de Ingenieros de Chile y la omisión lesiva del Consejo de Políticas de Infraestructura (CPI), junto a universidades y centros de estudios. Es una negligencia inexcusable que las instituciones de la ingeniería y las llamadas a defender el conocimiento técnico guarden un silencio corporativo ante las evidentes fisuras del expediente de EPSA. Su pasividad ante la falta de infraestructura de alcantarillado, las alertas de inundación habitacional, la falta de estudio de tsunamis y la ceguera costera, los transforma en cómplices por omisión de esta aberración ambiental con carencia de análisis frente a desastres que puedan ser provocados por la naturaleza alterada.
9. Inexistencia de Estudios de Tsunamis y Tránsito, Omisión del MIDESO y Colapso Vial Inminente:
La resolución fue visada de forma irresponsable incluso sin un estudio real del colapso vial que se avizora con este mal estudiado proyecto. Denunciamos que esta aberración urbana e interurbana avanza habiendo sido objetada técnicamente por el MIDESO (Ministerio de Desarrollo Social y Familia), institución que, junto a las demás jefaturas del aparato estatal, ha omitido su deber fiscalizador al dejar pasar una iniciativa sin planificación de accesos y sin estudio ante emergencias sobre tsunamis. Esto terminará por asfixiar y colapsar la conectividad de la provincia de San Antonio y de la Región Metropolitana, privilegiando los camiones de carga pesada por sobre la calidad de vida, la seguridad de los ciudadanos y la movilidad de los habitantes de toda la zona.
10. Ilegalidad frente al Artículo 11 de la Ley N°19.300:
El proyecto no se hace cargo de los efectos críticos ni la seguridad sobre la población, el colapso del sistema de salud, los bienes naturales comunes, los modos de vida de las comunidades y la pesca artesanal, el patrimonio arqueológico, el valor paisajístico y turístico, limitándose a proponer medidas de mitigación y compensación extemporáneas e inapropiadas.
CONCLUIMOS
Anunciamos formalmente que la defensa territorial ya se encuentra plenamente judicializada y en marcha. Actualmente rige una denuncia ante la Contraloría General de la República por vicios graves de ilegalidad en la tramitación ambiental, en paralelo a un Recurso de Protección que —tras ser tramitado originalmente en la Corte de Apelaciones de Valparaíso— escaló formalmente hace pocos días a la Corte Suprema de Justicia para su revisión preferente.
Asimismo, informamos la próxima interposición de los Recursos de Reclamación ante el Comité de ministros. Advertimos de manera tajante a las autoridades del Estado y a las corporaciones del mundo privado que, si esta aprobación política ilegal no se detiene, el movimiento acudirá a las últimas instancias judiciales, políticas, artísticas y comunicacionales nacionales e internacionales. No permitiremos que en Chile se sigan vulnerando los derechos humanos de las comunidades, el derecho ambiental, el Estado de derecho, la Constitución y los tratados internacionales.
CONVOCATORIA Y EMPLAZAMIENTO FINAL
La recomendación y firma favorable de este proyecto por parte de la Dirección Regional del SEA Valparaíso atenta de forma directa contra el principio de probidad administrativa de la Ley N°18.575 y destruye de raíz el carácter preventivo de la Ley N°19.300.
- A los Medios de Comunicación: Les solicitamos romper el cerco informativo impuesto por corporaciones portuarias el poder político y económico y difundir las confesiones oficiales extraídas en años de estudio de este proyecto.
- Al Comité de ministros y Contraloría: Les exigimos detener este asalto institucional a la probidad pública y abstenerse de validar un engaño técnico que hereda vicios estructurales de múltiples administraciones pasadas.
- A los Parlamentarios de la República: Convocamos a fiscalizar de inmediato las responsabilidades administrativas los hechos y argumentos técnicos que ya fueron puestos formal y oportunamente a su disposición en las comisiones de la Cámara de Diputados y en las comisiones pertinentes del Senado.
- A las Universidades, Centros de Estudios y al Mundo Privado Consciente: Los emplazamos a dimensionar la gravedad de este tremendo error y a laborar en conjunto para detener esta enorme torpeza logística; estamos frente a un proyecto sin visión ni planificación que atenta contra el futuro del territorio, actuando directamente en contra de la inteligencia en la inversión económica y la imagen país.
El conflicto por la defensa de la Provincia de San Antonio entra a su fase institucional definitiva ante todos los organismos competentes de la administración del Estado y la justicia nacional e internacional. Esta es la defensa de la última sección de la Cuenca del Río Maipo, y no esperaremos de brazos cruzados a que se replique la tragedia del Proyecto Alto Maipo, el cual ya ha destruido una de las zonas más frágiles y necesarias de mantener incólumes en nuestro ecosistema de cuencas y que fuera clara y oportunamente advertido por organizaciones responsables y profesionales expertos de la sociedad civil.
La otra sección vital se encuentra en los bajos del Maipo, y su resguardo definitivo es un mandato ético que nos convoca a todos. Defenderla es una misión ineludible para los pueblos originarios, para los habitantes de esta cuenca, el mundo público, el sector privado y la comunidad internacional. Esperamos firmemente que la ley, el orden y la justicia estén del lado de la verdad, la razón, el bienestar humano y la naturaleza
San Antonio – Santiago – Llolleo, La Cuenca del Río Maipo, la reverencia a la vida, la naturaleza, el bien ser y estar humano, nuestro presente y el futuro de nuestras próximas generaciones, no se transan por un decreto político, ni un mandato transnacional.
Por la Vida – Por el Amor – Por la Razón – Por la Evolución, no más expansión.
Atentamente,
Alfredo Antonio Améstica G.
p. Observatorio Puerto Exterior S/A
#NoalMegaPuertoSanAntonio
N. del E.
Fuente de imagen y texto:
https://www.facebook.com/photo?fbid=1014211076793933&set=pcb.1014211130127261
DESCRIPCIÓN
Playa de Llolleo, la vista es impagable.
Este ecosistema está amenazado por la expansión portuaria que pretende dejar a la comunidad de San Antonio sin acceso al mar en una provincia costera.






Déjanos tu comentario: