«No tendremos una sociedad si destruimos el medio ambiente.»

Margaret Mead.

 

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HISTORIA Y DESAFÍOS PARA LA CONVENCIÓN CONSTITUYENTE (Parte II)

Continuación del Texto publicado. Para su lectura completa se recomienda buscar en nuestro listado la primera y segunda parte parte.

LA PROPUESTA CONSTITUCIONAL DE EDUARDO FREI MONTALVA

Su Programa de Gobierno contemplaba, entre otras, tres medidas fundamentales:

  1. La Chilenización del Cobre (Acuerdos con las compañías norteamericanas para incorporar al estado Chileno en su propiedad (1966)). En un segundo paso se hizo una “nacionalización pactada» (1969), pasando a ser el Estado el socio mayoritario.
  1. La Reforma Agraria: requirió modificar la Constitución de 1925 en lo relativo al Derecho de Propiedad, para posibilitar las expropiaciones de la tierra. La tramitación no fue fácil y al cabo de dos años en enero de 1967 se promulgó la reforma, siguiendo la Ley de Sindicación Campesina en abril y la de reforma agraria, en julio de ese año.
  1. La Promoción Popular, destinada a generar y fortalecer las organizaciones comunitarias de todo tipo (vecinales, centros de madres, juveniles, culturales).

La ley de Reforma Agraria, planteaba que ningún chileno podía tener una extensión de tierra mayor a 80 hectáreas de riego. Foto: Casa Museo Eduardo FreiJacques Chonchol es un agrónomo y político chileno que desempeñó un papel importante en la reforma agraria. Ministro de Agricultura entre los años 1970 y 1972. Foto: Wikipedia

Se propuso también una “Reforma Constitucional” que consideraba la modernización del Estado y su ajuste a los tiempos sesenteros. Así el programa contemplaba:

  1. Establecer el Plebiscito para “manifestar su opinión” en las diferencias entre Ejecutivo y Legislativo.
  2. Facultar al Congreso para que el Gobierno pueda dictar normas en materia de ley (delegación de facultades).
  3. Simplificar y abreviar el proceso de formación de las leyes.
  4. Reservar al Ejecutivo la iniciativa en leyes de incidencia económica y social.
  5. Agregar entre las garantías constitucionales, el derecho a reclamo de los trabajadores.

LA PROPUESTA CONSTITUCIONAL DEL GOBIERNO POPULAR DE SALVADOR ALLENDE

El gobierno se propuso un Programa de Transición al Socialismo, que involucraba transferir a los trabajadores el poder político y económico.  Por eso se propuso formular una propuesta general de Nueva Constitución, que contemplaba:

  1. Una nueva institucionalización con la masiva incorporación del pueblo al poder estatal.
  2. Que la Asamblea del Pueblo, será el órgano superior del poder. Que esta Asamblea será una Cámara Única, que expresará nacionalmente la soberanía popular, para suprimir “los vicios del presidencialismo dictatorial y el parlamentarismo corrompido”.
  3. Normas específicas regularían las atribuciones y responsabilidades del Presidente de la República, Ministros, Asamblea Popular, autoridades regionales y comunales y partidos políticos.
  4. Todas las elecciones en un “proceso conjunto y en el mismo lapso de tiempo”.
  5. Crear un “sistema nacional de planificación”, con amplia participación de los trabajadores.
  6. Integración y amplia participación de las organizaciones sociales en el Estado Popular.
  7. Se concebía en la Justicia, la existencia de un Tribunal Supremo cuyos miembros serían elegidos por la Asamblea Popular. La organización y administración de justicia “devendrá en auxilio de las clases mayoritarias”.

Para la Nacionalización del Cobre, propone la reforma a la Constitución del 25, al Derecho de propiedad de las Minas de propiedad extranjera, la que fue aprobada por unanimidad el 11 de julio de 1971.

Otras medidas fue incorporar a la Mujer al aparato del Estado, proponiéndose un Ministerio de la Mujer y otro del Mar, para mejor administración de los recursos naturales del litoral, los que no alcanzaron a concretarse.

LAS LÓGICAS DE LA CONSTITUCIÓN DE 1980, DE REGRESIÓN INSTITUCIONAL

Este capítulo es más conocido y vivido por nuestra población. Es el momento más regresivo de la historia constitucional e institucional de Chile.

El Golpe de Estado, derroca al Gobierno Popular de Salvador Allende y los partidarios de su gobierno y de las organizaciones políticas y sociales son reprimidos, con el resultado de miles de personas asesinadas, torturadas, encarceladas, desaparecidas o forzadas al exilio. Se vive un régimen de miedo y terror. La dictadura declara la “guerra” al movimiento popular para perseguirlo. Crea aparatos represivos nuevos (Dina – CNI) y dedica sus servicios de inteligencia, Carabineros y Fuerzas Armadas, a esta labor.

Este hecho ocasiona la suspensión de la Constitución de 1925, el cierre del Congreso Nacional, el cierre de las organizaciones sindicales y comunitarias de todo tipo.

El Gobierno de Facto y Dictatorial empieza a gobernar mediante Bandos y “Actas Constitucionales”, en reemplazo de la Constitución del 25 y mediante Decretos Leyes, a falta de Congreso. Sus funciones fueron reemplazadas por la Junta Militar de Gobierno, la que se autoconfirió el Poder Constituyente y la función legislativa. Así se funcionó por más de 7 años, hasta la dictación de la Constitución de 1980. Una Comisión gubernamental ad-hoc prepara el texto, encabezado por Enrique Ortúzar y con papel destacado de Jaime Guzmán. La aprueba un Consejo de Estado – gubernamental – y un plebiscito, sin registros electorales y sin libertades públicas.

Consideraciones sobre la Constitución:

  • La Nueva Constitución es una regresión total a todas las Constituciones anteriores de Chile. Condena las ideas marxistas y a quienes las sustentan (art 9).  Inhibe a los dirigentes sindicales de ser parlamentarios. Genera diversas “leyes de amarre”, largas de detallar, genera “quórums” excesivamente altos para defender el nuevo tipo de leyes que crea, para asegurar la estabilidad y estadía del “nuevo régimen autoritario”- dictatorial.
  • Como si todo fuera poco, crea un Consejo de Seguridad Nacional con decisión mayoritaria de las Fuerza Armadas e introduce en el Senado “los senadores designados”, por el Ejecutivo y el Poder Judicial.
  • Se genera una “democracia tutelada” y se consagra la “doctrina de la seguridad nacional”.
  • Todavía más, el Tribunal Constitucional se erige como guardián del sistema autoritario constitucional, actuando como se ha dicho, a veces, como tercera cámara del Legislativo.
  • Se establece un “sistema electoral” no democrático. El famoso “binominal”, que permite la elección de dos candidatos en cada cargo, eligiéndose al segundo, de la lista contraria, con un mínimo de votación en relación al primero (Así fue elegido senador en Santiago, Jaime Guzmán, que obtuvo menos votos que Ricardo Lagos, de la lista en que Andrés Zaldívar, obtuvo la primera mayoría). Con este sistema, la dictadura y la derecha que la sustentaba, aseguró por muchos años un apoyo gubernamental a Pinochet y después de su ausencia, para asegurar una hegemonía política (UDI – RN).
  • Así toda la estructura del Estado está diseñada para consolidar y blindar el orden establecido constitucionalmente. Lo que se corrobora con los altos “quórums” que se exigen para su modificación o reforma.
  • Se ha dicho que la Constitución establece el Neoliberalismo. Creo más bien que a partir de las decisiones y políticas públicas y económicas Neoliberales del Gobierno Dictatorial – El “Ladrillo” de los Chicago Boys, encabezados por Sergio De Castro -hasta ahora, la esencia de estas políticas se han mantenido, sin que en el período de la Concertación se hayan modificado sustancialmente.
  • Lo que sí hace la Constitución es crear las “bases” y “dar sustento” constitucional suficiente al Neoliberalismo, en el texto de la Constitución:
  1. Derechos individuales: a pesar de la expresión “asegura” que usa la Constitución, se establecen y enfatizan las libertades, más no se garantizan. El Estado no interviene en su aseguramiento ni menos en crear un verdadero estado de bienestar para su población (La incidencia del Estado es restringida, parcial e insuficiente). Es un factor decisivo para crear la desigualdad (art. 19).
  2. Derecho de Propiedad (art 19, numerales 23 y 24): “la libertad para adquirir el dominio de toda clase de bienes” (salvo los que la naturaleza ha hecho comunes). Y se agrega “el derecho de propiedad en sus diversas especies sobre toda clase de bienes corporales e incorporales”.  Sin limitaciones prácticamente, porque están resguardadas por una ley de quórum calificado. Aquí radica la esencia del sistema económico capitalista que tenemos (Concesiones mineras, Derechos de Aguas, Empresas privatizadas, etc.).
  3. Derechos Sociales: Los que históricamente están establecidos aparecen con limitaciones y restricciones. Los que el desarrollo y la sociedad actual exigen no existen.
  4. Rol del Estado: Algunos lo indican como la “Subsidiariedad”. “El Estado y sus organismos pueden desarrollar actividades empresariales o participar en ellas, sólo si una ley de quórum calificado los autoriza” (Numeral 21). En sentido contrario se garantiza la hegemonía y control elitario del sector privado capitalista.
  5. Todo lo que no dice y queda entregado al poder arbitrario del orden establecido, en manos de los Grupos Económicos y las Empresas Multinacionales de todo tipo, presentes en nuestra economía abierta al mercado internacional.

Los aspectos más “gruesos” de la arbitrariedad constitucional, se fueron corrigiendo parcialmente, para posibilitar la “transición” y los gobiernos post dictadura, especialmente en 1988 (plebiscito que ganó el NO) y en 1989, para posibilitar las elecciones de ese año. Posteriormente, el 2005 se hizo otra reforma, en que se suprimieron los órganos más autoritarios del poder. Durante su vigencia se ha modificado muchas veces y se sigue modificando coyunturalmente.

 
La tercera parte está publicada en nuestro listado de publicaciones.
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