
Protocolo de Exposición Ocupacional a Ruido (PREXOR) (PARTE II)
Continuando con el artículo anterior, relacionado al Protocolo de Exposición Ocupacional a Ruido (PREXOR), el cual cumple una función primordial para proteger la salud auditiva de los trabajadores expuestos al ruido, el que les puede causar hipoacusia sensorial laboral, perjudicando su calidad. En consecuencia, para una mayor comprensión de las temáticas que engloban el problema, definiremos “ruido” y en un siguiente artículo, por lo limitado de la extensión del artículo, nos referiremos a la “hipoacusia sensorial”.
Ruido
Aunque la definición de ruido es subjetiva, no lo es su intensidad, la que “… es la potencia por unidad de superficie. Se puede medir en dina, bar, microbar o Pascal (……) La presión acústica equivale a la intensidad del sonido” (Vaquero, 2000: 163). De este modo, se considera que el ruido es una agente contaminante físico, y la unidad de medida internacional de la Intensidad es el decibel (dB), cuya escala de medida va desde 0 dB a 160 dB. En relación a lo señalado, José María Cortés destaca cuatro tipos de ruido: ruido impacto; ruido continuo; ruido estable y ruido variable (Cortés, 2001: 418), los cuales de acuerdo al intensidad, pueden ser sumamente nocivos para la salud de la personas.
Es por ello que la Organización Mundial de la Salud (OMS), establece como niveles máximos admisibles los siguientes:
- En lugares tranquilos 55 dB de día y 45 dB de noche y en lugares ruidosos 75 dB de día y 65 dB de noche.
- Por ejemplo en algunas fábricas puede haber ruidos hasta 110 dB, un martillo neumático genera 120 a 130 dB, un aparato de aire acondicionado 50 a 60 dB.
El ruido modifica el funcionamiento del sistema fisiológico y psicológico, observándose casos de aceleración del ritmo cardiaco, del ritmo respiratorio, aumento de la presión sanguínea, de la secreción salival, alteración del tono muscular. Y como efectos psíquicos, pueden aparecer: falta de concentración, molestia, desagrado, miedo, y sentimientos de angustia.
Entonces en términos simples, el ruido es un «sonido no deseado» que afecta la salud y el bienestar de las personas. También podemos decir que todo ruido que provoca efectos adversos en las personas, se puede catalogar de contaminante.
El ruido puede llegar a ser una interferencia muy nociva en las conversaciones, el sueño, comunicación telefónica, descanso, estudios, entre otras actividades. Pero la contaminación acústica no sólo tiene la capacidad de interferir, también provoca serios daños auditivos y ocasiona diversos efectos tanto a nivel fisiológico como psíquico. Dolores de cabeza o cefaleas, irritabilidad, taquicardias, aumento en la presión sanguínea, trastornos del sueño, fatiga, son los síntomas más comunes que provoca la exposición continua al ruido.
La contaminación acústica tiene directa relación con la expansión de las zonas urbanas, donde las grandes concentraciones poblacionales, el aumento progresivo de los medios de transporte y el crecimiento del sector industrial y comercial constituyen algunas de las principales fuentes contaminantes del ruido urbano.
Además de estas fuentes de ruido laboral, producido por ciertas faenas industriales, mineras, de la construcción, etc., se puede agregar el ruido característico de una ciudad, constituido por el tráfico, los servicios de limpieza y recogida de basura, sirenas y alarmas, así como las actividades lúdicas y recreativas, entre otras, que en su conjunto originan lo que se conoce como contaminación acústica urbana, y que puede agravar el cuadro de hipoacusia laboral de los trabajadores afectados con dicha patología. Así, se puede reforzar la idea planteando que “Los ruidos son sonidos indeseables, que causan en el ser humano una sensación molesta y desagradable, y, por encima de ciertos límites, deterioro de la salud” (Vaquero, 2000: 161.)
Para finalizar, el ruido es producido por múltiples factores, en el caso de los lugares de trabajo, en algunos de ellos, los máximos tolerables se exceden y para ello, las empresas deben aplicar medidas de mitigación del ruido, de no ser efectivas por el tipo de trabajo y empresa, los trabajadores deben utilizar equipos de protección auditiva personal, con el fin de reducir los problemas de hipoacusia sensorial.
El ruido ha sido uno de los temas que en el derecho ecológico se ha interesado regularlo. En México, cada entidad federativa y municipios han creado marcos jurídicos sobre el tema; pero simplemente no se puede cumplir cabalmente los preceptos debido a que no se actualizan constantemente o no preveen todos los supuestos hipóteticos. Aún con esas deficiencias, se han tratado de ir cumplimiento disposiciones internacionales en temas ambientales. Saludos.
Muy interesante la II parte del articulo sobre PREXOR, ya que expones sobre el «ruido» y sus características que afectan a la salud auditiva de los trabajadores, cuando el trabajador está expuesto por mucho tiempo sobre los 85 decibeles, considerando que el límite son 85.
Muy interesante la columna de Nelson. Gracias. Debemos preocuparnos más del ruido, tanto por su generacion tanto como en la protección y prevención de daños al sistema auditivo. Ha habido grandes avances pero falta tomar más en cuenta la gravedad del problema ruido. Se ven muchos trabajadores en ambientes ruidosos sin usar protecciones. Las empresas deben preocuparse más en bajar los niveles de ruido que emiten.
Carlos, tienes razón en lo que señalas respecto a que esta enfermedad incide en muchos trabajadores a causa de las fuentes de emisión de ruido en los lugares de trabajo.
En que se produzca la enfermedad (hipacucia sensorial laboral) existen múltiples variables, entre ellas se pueden destacar: la exposición al ruido, el tiempo de exposición, el no empleo de medidas correctivas para reducir el ruido, y finalmente, la utilización de los equipos de protección personal por parte de los trabajadores.
Saludos