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¿EXISTE EL ENFOQUE CONDUCTISTA EN LA EDUCACIÓN MEXICANA?
Hoy en día, a partir de la Reforma Educativa de 2013, emprendida por el casi saliente Presidente de la República Enrique Peña Nieto, busca que el Sistema Educativo Mexicano (SEM) se pronuncie como de enfoque constructivista (específicamente de competencias). De lo anterior, hay que cuestionarnos en tres preguntas para demostrar si esto es verdad: ¿Qué es el constructivismo? ¿Cuándo existe competencia? ¿Cuáles la diferencia con el enfoque enciclopédico?
En relación a la primera pregunta, Gloria Sanz, en su libro Comunicación efectiva en el aula (2010), hace comentarios sobre el tema tal como se cita a continuación:
“La denominación constructivismo se refiere al concepto del proceso de conocer como una construcción mental subjetiva. Es decir, el conocimiento no es una copia de la realidad ni una acumulación de datos, sino una construcción mental de cada ser humano…del supuesto de que el estudiante es un ser activo que recibe y procesa información para construir su propio conocimiento sobre la realidad” (página 31).
A la par, la obra “Estrategias docentes para un aprendizaje significativo”, de Frida Díaz y Gerardo Hernández (2010) sustenta que la postura constructivista, en lo pedagógico, busca rechazar la concepción del alumno como un mero receptor o reproductor de los saberes culturales y no se pretende sea una simple acumulación de aprendizajes específicos donde se promueva la socialización más la individualización en construir su identidad autónoma en el marco de un contexto social y cultural determinado.
Pasando a la segunda interrogante, la competencia, en el campo de la educación, sirve para resolver una o varias necesidades donde el aprender y enseñar por sí solos no entran dentro de ese sector; de lo anteriormente dicho, es el texto “Maestros competentes” (2012), de Patricia Frola, la define así: “es la capacidad del individuo para dar una respuesta integrada, movilizando elementos conceptuales, actitudinales y procedimentales, en una sola exhibición que la resuelva en términos de criterios de calidad o exigencia” (página 19). En el mismo sentido, Castellanos, Morga y Castellanos-Torres, del e-book “Educación por competencias: hacia la excelencia en la formación superior”, llegan a la conclusión sobre el apartado que se viene tratando:
“La competencia tiene una característica particular, la de ser transferible, una vez que el estudiante desarrollo una capacidad en un entorno específico y formal, ésta la podrá aplicar a otra situación o contexto distinto a aquél en el cual lo aprendió, ya sea académico, laboral o personal, y en cualquier momento que así se requiera” (página 23).
En la tercera pregunta, el ‘enfoque enciclopédico’ (llamado también ‘perspectiva académica’) es aquel donde se forja como un proceso de transmisión de conocimientos más adquisición de la cultura pública que ha acumulado la humanidad. Gimeno Sacristán (2005) opina, en “Comprender y transformar la enseñanza” que se caracteriza por la acumulación de conocimientos, en forma clara y ordenada por parte de un profesor especialista en una o varias ramas del área académica donde pertenece, con el respeto de una secuencia lógica donde serán evaluados toda la información almacenada durante el curso al alumno. Analógicamente, es en el clásico “La pedagogía del oprimido”, de Paulo Freire (1978) llama ‘concepción bancaria’ cuando el docente, ineludiblemente, tiene la tarea de llenar contenidos a sus estudiantes para fijar, memorizar y repetir sin razonar lo que le enseñan.
¿Cuál es la relación de todo lo expuesto con el SEM? En primer lugar, la educación en México busca ser el formador a las necesidades útiles para el trabajo que el Estado requiere para la infraestructura económica. Dicho de otro modo, el Estado interviene directamente en cómo se debe educar a la población mediante la ideología a seguir, estableciendo parámetros más indicaciones de cómo debe realizarse a través de las normas jurídicas que regulan al mismo. Jaqueline Jongitud Zamora justifica al derecho como “un importante instrumento que permite el reconocimiento, la promoción y protección de los valores apreciados por las personas que integran un determinado grupo social” (“Introducción al Derecho”, 2015, página 16). No olvidando tampoco que el Estado mexicano se ha pronunciado a favor del aprendizaje significativo como el medio para fomentar a los estudiantes el aprovechamiento de conocimientos a través de sus habilidades y destrezas que le serán de utilidad en su vida cotidiana.
Aterrizando al punto medular de este artículo, en el Artículo 3° de la Constitución Política de México se establece la ideología centrándose en el modelo del ciudadano como una forma de dominar el pensamiento en todo su esplendor. Específicamente es el segundo párrafo, del precepto legal aludido, cuyas líneas son:
“La educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente, todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria, el respeto a los derechos humanos y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia”.
En un primer acercamiento se lee como que apoya el enfoque constructivista, sin embargo es el verbo tenderá, en futuro, la cual simplemente apoya la concepción bancaria junto con el enfoque enciclopédico. La Real Academia Española define el verbo tender con trece resultados, pero una de ellas que se relaciona con el precepto constitucional: “Alargar algo aproximándolo hacia alguien o hacia otra cosa” (Diccionario de la Lengua Española, agosto 2018); esto es punto clave donde el Estado mexicano simplemente espera reproducción y reproducción de los contenidos vistos en la escuela sin crítica alguna. Dicho de otro modo, nuestra Ley Fundamental Federal nos conecta la concepción bancaria con la dominación en la educación porque para que el alumno pueda tener los conocimientos mínimos en la sociedad donde vive debe someterse a ella como el único medio de transmisión de la cultura sin protestar y aceptando cada uno de las estrategias que el sistema educativo decreta como ortodoxa.
No termina aquí, es en la Ley General de Educación (LGE) donde se profundizan los alcances de la ideología del Artículo 3° constitucional mexicano. Hay una postura enciclopédica de forma obvia y está en el artículo 2°, segundo párrafo, de la LGE, donde resalta como factor determinante para la adquisición de conocimientos en estas palabras:
“La educación es medio fundamental para adquirir, transmitir y acrecentar la cultura; es proceso permanente que contribuye al desarrollo del individuo y a la transformación de la sociedad, y es factor determinante para la adquisición de conocimientos y para formar a mujeres y a hombres, de manera que tengan sentido de solidaridad social”.
Al señalar adquisición de conocimientos simplemente no quiere que se siga el esquema de competencias de la Reforma Educativa de 2013, como nos ha venido sosteniendo el Estado mexicano, más bien quieren una clase de depósito en aceptar los contenidos sin un razonamiento crítico bajo la perspectiva de adaptación paternalista que no oriente en el sentido de concientizar a los estudiantes; si uno de ellos decide pensar de forma autónoma será mal visto y hasta censurado por no seguir el sistema educativo establecido.
En conclusión, la educación mexicana aún no se desprende al cien por ciento el enfoque conductista-enciclopédico; porque no quiere que desarrollemos nuestras habilidades y destrezas a partir del enfoque de competencias a nuestro antojo; lo que quiere el SEM es que acumulemos información, previamente seleccionada y autorizada, para ser útiles a favor de la Patria. Y si lo permitiría, que sería imposible, solamente es dentro de la legislación educativa junto con los reglamentos internos donde se alcance la educación de calidad como el Estado mexicano así lo plantea en su normatividad aplicable.
Estimado Jonathan, el texto expuesto es sumamente interesante, ya que genera debate sobre cuáles son las mejores formas para un aprendizaje significativo en los estudiantes.
En la teoría el constructivismo es algo espectacular, pero llevarlo a la practica con buenos resultados es muy difícil, por tal razón, yo en lo personal no estoy de acuerdo con ello.
Por mi parte, como profesor de aula, considero que el constructivismo al 100% no es prudente ni bueno, considero que debe existir un equilibrio entre una dosis de conductimo y constructivismo, donde los profesores demos clases expositivas para contextualizar y ejemplificar las temáticas abordadas, para posteriormente guiar a los estudiantes en la búsqueda y construcción del conocimiento. Y de esta forma hacer que los aprendizajes de nuestros estudiantes sean realmente significativos.
Saudos
Eso es verdad, pero la legislación debería ser congruente con las reformas que se han hecho en México. Gracias Nelson por tus comentarios