«No podemos resolver la crisis climática sin cambiar nuestra relación con la naturaleza y con nosotros mismos.»

Naomi Klein.

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Editorial: Contrapunto entre lo Público y lo Privado

Equipo laventanaciudadana.cl

Periodismo ciudadano.

En el seno de la compleja maraña que constituyen las sociedades humanas, una de las definiciones más básicas está marcada por la determinación de los campos “de lo público” y “de lo privado”. Para el común de los mortales, estos términos tienen que ver, según sea el caso, básicamente con la primacía del interés general o la primacía del interés particular.

Por supuesto, no existe una concepción técnica o científica que permita delimitar matemáticamente qué es lo uno o lo otro, ya que, en buenas cuentas, los espacios propios de cada esfera fluyen de tradiciones o convenciones sociales, de acuerdos políticos o de imposiciones de quienes en un momento dado ejercen poder.

En una primaria y gruesa aproximación, pudiera decirse que los bienes comunes o los llamados  bienes nacionales de uso público, tal como su nombre lo indica, responden al referido interés general, en tanto que una larga lista, imposible de detallar, obviamente corresponde a intereses individuales. 

El modelo económico institucionalizado bajo la dictadura, jamás fue objeto de un debate ciudadano que permitiera forjarse un juicio acerca de los alcances de las disposiciones de la Constitución de 1980. Por el contrario, constituyó un eje sobre el cual se levantó, además, una construcción social y cultural que exacerbaba el individualismo y los apetitos privados por sobre los legítimos intereses de la comunidad. Así, referencias o alusiones a un Estado que tiene por finalidad el “promover el bien común” (art. 1) o a la “función social” de la propiedad (art. 19 N° 22)  o al “deber del Estado de tutelar la preservación de la naturaleza” (art.19 N° 8) o al “dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible” que se reconoce al Estado sobre los recursos minerales (art. 24), no van más allá de ser palabras de buena crianza ya que todos estos preceptos dejan de ser concretos y efectivos conforme se levanta  a continuación  la tramoya que legitima su apropiación privada.

Acorde a lo anterior, el Código de Aguas dictado en 1981, procedió a declarar este recurso como “un bien nacional de uso público” para luego, tras cartón, calificarlo como un “bien económico” que puede ser privatizado a través de la concesión de “derechos de aprovechamiento gratuitos y perpetuos”, consagrándose un “mercado del agua” que puede ser comercializado independientemente de la propiedad del suelo. Así, por una mera decisión administrativa se incorporaron, al patrimonio o dominio de los particulares beneficiados,  el derecho al uso, goce y disposición de este valioso y escaso recurso, los cuales podrán, en consecuencia, enajenarlo, hipotecarlo, arrendarlo. En síntesis, de una plumada, para el “bien-agua” ya no es el Estado quien determina las necesidades o su uso racional sino ciertos “privados” que pueden enriquecerse gracias a una “adquisición gratuita” aunque ello vaya en directo perjuicio de toda la sociedad.

El tema forma parte hoy de la agenda legislativa que debate el Congreso Nacional, sitio en el cual se pretende quitar el derecho perpetuo consagrado en 1981 y establecer un derecho indefinido que prioriza absolutamente el consumo humano y que está sujeto al uso efectivo del recurso.

Como era de esperar, los “dueños de Chile” de inmediato han puesto el grito en el cielo. Mediante múltiples y costosas inserciones, la Confederación de la Producción y del Comercio, la Cámara Nacional de Comercio, la Sociedad Nacional de Minería, la Sociedad Nacional de Agricultura, la Cámara Chilena de la Construcción y hasta la Asociación de Bancos,  han denunciado el proyecto  en estudio alegando que crea “incertezas jurídicas”.

El grave problema generado por la sanitaria Essal en la provincia de Osorno, que se mantuvo durante once días afectando a cerca de 234.000 personas, pero que, según anunció el Ministro de Salud, puede traer secuelas en la salud pública por a lo menos treinta días más, ha servido para develar la oscura trama de intereses que se mueve en el sector.

Más allá de la precaria y ramplona gestión de la empresa responsable (”tenía que golpear con una piedra para que se moviera la aguja”, declaró un operario) se hace público que Essal es controlada por Aguas Andina; que Aguas Andina ha sido en el último tiempo importante financista ilegal de diversos sectores políticos incluyendo al propio actual Presidente de la República; que el Superintendente de Servicios Sanitarios (encargado por ley de fiscalizar  a las empresas del área sanitaria) viene de trabajar también para Aguas Andinas en el Comité Tarifario; que el empresario Felipe Ibáñez Scott, ex dueño de Líder y cuya familia está ligada a la Fundación para el Progreso, es dueño del 40.46% de Essal.

Si se considera que las empresas sanitarias registran un elevado número de sumarios y sanciones, los que, sin embargo, no han sido suficientes como para que éstas enmienden sus conductas y hagan efectiva la eficiencia que caracterizaría al sector privado, quiere decir que estamos en problemas. Y en graves problemas.

La ciudadanía espera que sus autoridades, que conforman el círculo del poder, Congreso Nacional y especialmente el Ejecutivo, aborden este complejo mundo, establezcan normas que separen los intereses privados del bien común general de la población y que entiendan, de una vez por todas, que estamos hablando de problemas reales que afectan a la gente y dejemos de lado el juego de las encuestas y de las triquiñuelas comunicacionales.

El Gobierno – éste y el que lo suceda – deben dar una respuesta clara: O están en pro de los intereses privados “de los mismos de siempre” o están por ejercer sus funciones en favor de las grandes mayorías nacionales.

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